Saltar al contenido

Artículo 86 de la Ley 17.416 · Fija sueldos y salarios que indica. modifica las leyes que señala. otras materias

Fija sueldos y salarios que indica. modifica las leyes que señala. otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28997 / 9046323.

Texto oficial

ARTICULO 86° Aplícase, a contar de la publicación de la presente ley, al personal médico y paramédico de las Fuerzas Armadas y de Carabineros lo dispuesto en el artículo 5° de la ley 17.392.