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Artículo 4 de la Ley 17.443 · Agrega a continuacion del articulo 17 de la ley n° 16.781, el articulo nuevo que indica

Agrega a continuacion del articulo 17 de la ley n° 16.781, el articulo nuevo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29020 / 7179154.

Texto oficial

Artículo 4°. Reemplázase en el inciso primero del artículo 17 de la ley N° 16.781 la frase "los imponentes de la Subsección Imprenta de Obras" por "los obreros imponentes del Departamento de Periodistas.".".