Texto oficial
Artículo 3°.- Suprímese en el artículo 3° de la ley N° 17.146 la frase "de Químicos Farmacéuticos.".
Agrega a continuacion del articulo 17 de la ley n° 16.781, el articulo nuevo que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29020 / 7179153.