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Artículo 3 de la Ley 17.446 · Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Aumenta, en forma gradual y transitoria, el escalafon de oficiales de mar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29023 / 8831176.

Texto oficial

Artículo 3.- Cuando se requiera completar el Escalafón de Oficiales Ejecutivos e Ingenieros Navales con los cargos de Tenientes 2°s que se hubieren utilizado para el incremento del Escalafón de Oficiales de Mar, el Presidente de la República queda facultado para suprimir hasta 6 cargos de Capitanes de Corbeta de Mar, 6 Tenientes 1os. de Mar y 5 Tenientes 2os. de Mar, de modo que finalmente el Escalafón de Oficiales de Mar quede constituido en forma permanente de la siguiente manera: 1 Capitán de Navío de Mar 3 Capitanes de Fragata de Mar 14 Capitanes de Corbeta de Mar 27 Tenientes 1.os. de Mar 36 Tenientes 2.os. de Mar ---- Total 81