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Artículo 1 de la Ley 17.457 · Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29033 / 8845212.

Texto oficial

ARTICULO 1° Créase la "Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo" (UNCTAD III), como persona jurídica de derecho público, autónoma y con patrimonio propio. Su domicilio es Santiago de Chile, su representante legal es su Presidente y se vincula con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores.