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Artículo 5 de la Ley 17.457 · Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29033 / 8845216.

Texto oficial

ARTICULO 5° La Comisión deberá ejecutar, promover y orientar las tareas que correspondan al Gobierno de Chile, como país sede, y prestarle asesoría, en lo relativo a la organización y celebración de la Tercera Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo que se realizará en Chile.