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Artículo 25 de la Ley 17.457 · Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Crea la comision chilena para la conferencia mundial de comercio y desarrollo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29033 · idParte: 8845236

Texto oficial

ARTICULO 25° De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23°, los bienes muebles e inmuebles de la Comisión serán transferidos al Fisco previo registro e inventario hecho por el Departamento de Bienes Nacionales, aprobado por la Contraloría General de la República. INCISO SEGUNDO.- DEROGADO