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Artículo 3 transitorio de la Ley 17.590 · Crea cargos, modifica código orgánico de tribunales y otras disposiciones legales

Crea cargos, modifica código orgánico de tribunales y otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29130 · idParte: 9108978

Texto oficial

ARTICULO 3° Lo dispuesto en el artículo 502° bis del Código Orgánico de Tribunales no afectará en modo alguno los derechos, incluso el de ascenso, de las personas que a la fecha de vigencia de la presente ley, se encuentren desempeñando tales funciones.