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Artículo 5 transitorio de la Ley 17.590 · Crea cargos, modifica código orgánico de tribunales y otras disposiciones legales

Crea cargos, modifica código orgánico de tribunales y otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29130 · idParte: 9108980

Texto oficial

ARTICULO 5° Facúltase al Presidente de la República para fijar el texto definitivo y refundido del Código Orgánico de Tribunales, de sus modificaciones posteriores y de las que se le introducen por la presente ley.".