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Artículo 21 de la Ley 17.593 · Ley de presupuestos para el año 1972

Ley de presupuestos para el año 1972

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29133 / 9046407.

Texto oficial

Artículo 21°- Auméntase en US$ 400.000.000.- la autorización otorgada al Presidente de la República por el artículo 17° de la Ley N° 16.433. En esta suma se incluyen los intereses pactados.