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Artículo 23 de la Ley 17.593 · Ley de presupuestos para el año 1972

Ley de presupuestos para el año 1972

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29133 / 9046409.

Texto oficial

Artículo 23°- Fíjanse los siguientes porcentajes de gratificación de zona de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86.° del DFL N° 338, de 1960, a contar desde el 1° de enero de 1972 para el personal radicado en los siguientes lugares: PROVINCIA DE TARAPACA....................... 60% El personal que preste sus servicios en Molinos, Chitita, Pago de Gómez, Lluta, San Miguel, La Pal- ma, San José, Negreiros, Poconchile, Puquios, Central, Codpa, Chislluma, General Lagos, Avanzada de Aduanas de Chaca, Camarones, Pisagua, Zapiga, A- guada, Tarapacá, Huara, Caleta de Huanillos, Pin- tados, Matilla, Pica, Iris, Victoria (ex Brac), Alianza, Buenaventura, Posta Rosario, Subdelegación de Pozo Almonte y "Campamento Militar Baquedano", tendrá el........................................ 60% El personal que preste sus servicios en Parinacota, Chuenyo, Chungara, Belén, Cosapilla, Caquena, Chilca- ya, Huayatiri, Distrito de Isluga, Chiapa, Chusmiza, Concosa, Mamiña, Huatacondo, Laguna de Huasco, Camiña, Quistagema Distrito de Camiña, Nama, Camiña, Manque- Colchane, Tignamar, Socoroma, Chapiquiña, Enquelga, Distrito de Coriquima, Sotoca, Jaiña, Chapiquilta, Miñi-Miñi, Parca y Macaya, Portezuelo de Chapiquiña, Caritaya, Putre, Alzérreca, Poroma, Sibaya, Laonzana, Pachica, Coscayan, Mocha, Tarapacá-Pueblo, Sibayana, Illalla, Huaviña, Huarasiña, Suca y localidades de Aguas Calientes, Humapalca, Ancolacane, Cobija, Cuya, Llucuma, Villa Industrial y Visviri, tendrá el... 100% PROVINCIA DE ANTOFAGASTA....................... 30% El personal que preste sus servicios en el depar- tamento de Tocopilla y en las localidades de Coya Sur, María Elena, Pedro de Valdivia, José Francis- co Vergara, Calama, Chuquicamata y departamento de El Loa, tendrá el..................................50% El personal que preste sus servicios en Chiu-Chiu, San Pedro de Atacama, Taconao, Estación San Pedro, Quillagua, Prosperidad, Rica Aventura, Empresa Algor- ta, Mina Despreciada, Chacance, Miraje, Gatico, Meji- llones, Baquedano, Mantos Blancos, Pampa Unión, Sie- rra Gorda, Concepción, La Paloma, Estación Chela y departamento de Taltal, tendrá el................ 60% El personal que preste sus servicios en Ascotan, Socaire, Pome, Caspana, Monturaqui, Ollague, Ujina, (ex Collahuasi), Río Grande, Amincha e Inacaliri, tendrá el........................................ 100% PROVINCIA DE ATACAMA...........................30% El personal que preste sus servicios en las locali- dades de Salado, Pueblo Hundido, Llanta, Totorali- llo, Las Juntas, Tierra Amarilla, San Antonio, Los Loros, Bordos, Pabellón, El Tránsito, Conay, La Pampa, El Corral, La Higuerita, San Félix, La Ma- jada, Retamo, Domeyko, Viscachitas, Carrizalillo, Carrizal Alto y Carrizal Bajo, tendrá el......... 50% El personal que preste sus servicios en Potreri- llos, El Salvador, La Pólvora y Azufrera, tendrá el ............................................... 80% PROVINCIA DE COQUIMBO......................... 15% El personal que preste sus servicios en los de- partamentos de Elqui, Ovalle, Combarbalá e Illa- pel, tendrá el .................................. 20% El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Rivadavia, Juntas de Ovalle, Rapel y Cogo- tí el 18, tendrá el ............................. 30% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Tulahuén y Huanta, tendrá el ......... 40% El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de El Chañar y Juntas, tendrá el ........... 50% PROVINCIA DE ACONCAGUA ......................-- El personal que preste sus servicios en las comu- nas de Cabildo y Petorca, tendrá el .............. 10% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Alicahue, Cerro Negro y Chincolco y los distritos Pedernal, Chalaco, y El Sobrante, tendrá el ........................................ 15% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de San Francisco, Alto de Campos de Ahumada, El Tártaro, Retén Vega de los Ciénagos y Retén y Refugio Militar de Los Patos, tendrá el ........ 20% El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Río Blanco y Refugio Militar de Juncal, tendrá el ........................................ 30% El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Caracoles, tendrá el .................... 50% PROVINCIA DE VALPARAISO..................... -- El personal que preste sus servicios en la Isla de Juan Fernández, tendrá el ..................... 100% El personal que preste sus servicios en el depar- tamento de Isla de Pascua, tendrá el ........... 200% PROVINCIA DE SANTIAGO...................... -- El personal que preste sus servicios en Las Melo- sas, Los Queltehues, El Volcán, San Gabriel, Los Maitenes, Bocatoma, y los retenes Pérez Caldera y Farellones, tendrá el......................... 15% El personal que preste sus servicios en Embalse y Avanzada El Yeso, tendrá el .................. 30% PROVINCIA DE O'HIGGINS .................... -- El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Sewell, tendrá el ...................... 10% PROVINCIA DE COLCHAGUA..................... El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Puente Negro, tendrá el ............... 15% PROVINCIA DE CURICO........................ -- El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Los Queñes, La Jaula y Potrero Grande, tendrá el ...................................... 15% PROVINCIA DE TALCA ........................ El personal que preste sus servicios en el depar- tamento de Curepto, y en las localidades de Coipué, Huenchullami, Rapilermo, Estancilla, Pumunul, Macal, Llongocura, Las Trancas, Los Cipreses, La Mina y Paso Nevado, tendrá el ......................... 30% PROVINCIA DE MAULE ........................ -- El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Putú, Toconey y Empedrado, tendrá el . 15% PROVINCIA DE LINARES ...................... -- El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Quebrada de Medina, Rari, Pejerrey, Vega de Salas y Confluencia, Loma de Vásquez, Vega de las Casas, Cajón de los Hualles, Bullilco, Los Canelos, Junquillo y Las Guardias, tendrá el.... 60% PROVINCIA DE ÑUBLE El personal que preste sus servicios en el depar- tamento de Itata y en las comunas de San Carlos, Ñiquén, San Fabián de Alico, Pemuco, San Nicolás, El Carmen,Yungay y Tucapel, tendrá el............. 30% El personal que preste sus servicios en la loca- lidad de Atacalco, tendrá el...................... 40% PROVINCIA DE CONCEPCION......................15% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Canancia, Quilaco, Quilacoya, San Onofre, Millahue, Pichaco, Las Ulloas, Las Margaritas y Las Pataguas, tendrá el ...............................25% PROVINCIA DE BIO BIO ........................25% El personal que preste sus servicios en la Subde- legación de Quilleco y Refugio Militar Mariscal Al- cázar, tendrá el ................................. 30% PROVINCIA DE ARAUCO..........................20% El personal que preste sus servicios en la Isla Santa María y en la Isla Mocha, tendrá el........ 40% PROVINCIA DE MALLECO El personal que preste sus servicios en el depar- tamento de Curacautín, tendrá el ................ 50% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Villa Portales, Malalcahuello, Troyo, Liucura, Sierra Nevada, Icalma y Punta de Rieles, tendrá el ........................................ 80% PROVINCIA DE CAUTIN El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Trovolhue, Tierra Impehue, Loncoyano, Huamaqui, comunas de Puerto Saavedra, Toltén, Lon- coche, Villarrica y Pucón, tendrá el ............ 20% El personal que preste sus servicios en la zona del Llaima, tendrá el ............................ 50% PROVINCIA DE VALDIVIA................... 20% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Quechumalal, Puñir, Toledo, Choshuenco, Liquiñe, Linca-Ray, Coñaripe, Huahun y Refugio Mi- litar Choshuenco, tendrá el ...................... 40% PROVINCIA DE OSORNO......................20% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades cordilleranas de San Juan de la Costa, Hueyusca y Riachuelo, tendrá el ................. 30% El personal que preste sus servicios en las loca- lidades de Puyehue, Refugio Militar Antillanca y Retén de Carabineros Pajaritos, tendrá el ....... 40% PROVINCIA DE LLANQUIHUE..................20% El personal que preste sus servicios en los depar- tamentos de Maullín y Calbuco, y Puerto Varas, tendrá el ........................................ 30% El personal incluidos los obreros, que preste sus servicios en la Subdelegación de Cochamó, distritos de Llanada Grande, Lenca, Contao, Hualaihué, Llegui- man y en las localidades de Los Pinis, EL Llolle, Daitao, El Dao, Coleco, Abtao, Aguantao, Huaiquin, Chayahue, Huito, El Rosario, Siete Colinas, Rulo, San Agustín y Peulla, tendrá el ................. 50% El personal incluídos los obreros, que preste sus servicios en las Islas de la provincia tendrá el ............................................... 60% El personal incluídos los obreros, que preste sus servicios en los Retenes de Carabineros de Paso Bolsón y Paso León, tendrá el ......... 100% PROVINCIA DE CHILOE .................. 60% El personal que preste sus servicios en Chiloé Continental, Archipiélago de las Guaytecas y de- más islas de la provincia, con excepción de la Isla de Chiloé, tendrá el ..................... 100% El personal que preste sus servicios en Isla Huafo, Futalelfú, Chaitén, Palena, Faros Raper y Auchilú, tendrá el .......................... 130% El personal de obreros de la provincia de Chiloé tendrá derecho a gozar de los mismos porcentajes de zona que los empleados de dicha provincia. PROVINCIA DE AYSEN..................... 90% El personal que preste sus servicios en: Puerto Aysen, Puerto Chacabuco, Villa Mañihuales, Coyhaique y Coyhaique Alto, Balmaceda, Valle Simpson, El Blanco, Criadero Militar Las Bandurrias y Puerto Viejo, tendrá el .................................150% El personal que preste sus servicios en: Chile Chico, Baker, Lago Castor, Puerto Ingeniero Ibáñez, La Colonia, Río Mayer, Ushuaia, Puerto Aguirre, Puerto Cisnes, Puerto Bonito, Puyuhuapi, Lago Verde, La Tapera, Cochrane, Caleta Tortel, Lago O'Higgins y Lago General Carrera, tendrá el 180% El personal de obreros de la provincia de Aysen tendrá derecho a gozar de los mismos porcentajes de zona que los empleados de dicha provincia. PROVINCIA DE MAGALLANES ................100% El personal que preste sus servicios en: Punta Delgada, Porvenir y Cerro Sombrero, tendrá el ....100% El personal que preste sus servicios en las Islas Navarino, Dawson, Picton, Lenox y Nueva; en las lo- calidades de San Pedro, Muñoz Gamero, Punta Yamana; Faros Félix y Fair Way; Puestos de Vigía dependien- tes de la Base Naval Williams y en el Retén de Carabi- neros de Villa Tehuelche, tendrá el ............. 100% El personal que preste sus servicios en: Las Islas Evangelistas, Puerto Edén, Yendegaia y Puerto Toro, tendrá el ...........................150% El personal que preste sus servicios en la Isla Diego Ramírez, tendrá el ........................ 300% El personal de obreros de la provincia de Maga- llanes tendrá derecho a gozar de los mismos por- centajes de zona que los empleados de dicha pro- vincia. TERRITORIO ANTARTICO El personal de la Defensa Nacional que forme parte de la Comisión Antártica de relevo, mien- tras dure la Comisión, tendrá el ................ 300% El personal destacado en la Antártica, de acuerdo al artículo 1 de la ley N° 11.942, tendrá el .... 600% La Gratificación de Zona determinada por los porcentajes indicados en el presente artículo aplicados sobre las remuneraciones a que se re- fiere el artículo 86 del DFL. N° 338, será la única que regirá en 1972 para el personal de todos los Servicios e Instituciones y Empresas del Sector Público a los cuales la legislación vigente otorgue derechos a gratificación de zona. Los funcionarios que por aplicación de normas especiales hubieren percibido en Diciembre de 1971 porcentajes superiores por concepto de gratifica- ción de zona, los mantendrán a título personal hasta el momento en que sean trasladados a otra localidad.