Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 17.616 · Modifica el decreto con fuerza de ley 1, de 1968, de guerra

Modifica el decreto con fuerza de ley 1, de 1968, de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 29153 · idParte: 5982258

Texto oficial

Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 230° del decreto con fuerza de ley 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra, por el siguiente: "Artículo 230°.- El mayor gasto que demande el mantenimiento de los Escalafones de Complemento a que se refiere el artículo anterior, se financiará con cargo a los fondos que para estos efectos se contemplen en la Ley de Presupuestos de la Nación para las Subsecretarías de Guerra, de Marina y de Aviación.".