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Artículo 2 de la Ley 17.640 · Modifica la ley n° 17.341

Modifica la ley n° 17.341

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29176 / 8866106.

Texto oficial

Artículo 2°- DEROGADO.-