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Artículo 17 de la Ley 17.646 · Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29182 / 8831232.

Texto oficial

Artículo 17.- El mayor gasto anual que signifique la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a los ítem de sueldos y sobre sueldos de la Subsecretaría de Aviación del Ministerio de Defensa Nacional.