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Artículo 18 de la Ley 17.646 · Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Aumenta planta de oficiales de empleados civiles de la fuerza aerea de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29182 / 8831233.

Texto oficial

Artículo 18.- La presente ley regirá a contar del 1° de Enero de 1972.