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Artículo 1 de la Ley 17.650 · Autoriza al presidente de la república para transferir el predio fiscal que señala

Autoriza al presidente de la república para transferir el predio fiscal que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29184 / 5982438.

Texto oficial

"Artículo 1.- Autorízase al Presidente de la República para transferir a título gratuito a la Corporación denominada "Sociedad Población La Favorecedora", el predio fiscal formado por los sitios números 7 y 8 de la manzana "C" de la Población La Favorecedora, de la comuna, departamento y provincia de Antofagasta, con una superficie de 450 metros cuadrados y los siguientes deslindes: Norte, sitio N.° 6, en 22,50 metros; Este, calle Eduardo Orchard, en 20 metros; Sur, calle Chillán, en 22,50 metros, y Oeste, sitios números 16, en 10 metros y sitio N.° 15, en 10 metros. El inmueble se encuentra inscrito, en mayor cabida, a nombre del Fisco, a fojas 138, N.° 221 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 1919.