Texto oficial
Artículo 2.o- Créase, a contar del 1° de Enero de 1972, el cargo de Oficial 3.o de la Redacción de la Cámara de Diputados, con la renta correspondiente al cargo de Oficial 3.o de Secretaría de dicha Corporación.".
Modifica la ley n° 16.365
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