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Artículo 15 de la Ley 17.654

Reajusta las remuneraciones permanentes de los;trabajadores de los sectores publicos y privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29188 / 9046445.

Texto oficial

ARTICULO 15° Para los efectos del presente Título, se declara que la palabra "trabajadores" comprende a empleados y obreros.