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Artículo 112 de la Ley 17.654

Reajusta las remuneraciones permanentes de los;trabajadores de los sectores publicos y privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29188 / 9046547.

Texto oficial

ARTICULO 112º Sustitúyense en el inciso 1º del artículo 102º de la ley 11.704, modificado por las leyes 12.084, 12.861, 13.305, 14.501, 15.077, 15.561 y 15.575, las palabras "diez pesos" por la siguiente: "Eº 0,10.".