Texto oficial
Artículo 4.- El plazo para solicitar el beneficio a que
se refiere el artículo 13 del DFL. N.° 1, del Ministerio
de Defensa Nacional, de 29 de Julio de 1970, se ampliará
hasta el 31 de Diciembre de 1972.
Autoriza a la asociacion central de futbol para recargar en el porcentaje que indica el valor de las entradas a los espectaculos del futbol profesional para los fines que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29194 / 8791272.