Texto oficial
"Artículo 1.- Asígnase del Presupuesto de la Corporación de Magallanes, el 10% de los ingresos generales, para distribuirlos en los Municipios de la provincia de Magallanes, en la siguiente proporcionalidad: Municipalidad de Magallanes 5% (cinco por ciento); Municipalidad de Ultíma Esperanza, 3% (tres por ciento), y Municipalidad de Tierra del Fuego, 2% (dos por ciento).