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Artículo 1 transitorio de la Ley 17.668

Dispone que canaempu invertira en certificados de ahorro reajustables el aporte del 8,33% de los empleadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29200 / 5982511.

Texto oficial

Artículo transitorio.- En el plazo de 180 días, contado desde la vigencia de la presente ley, la Caja procederá a invertir los fondos acumulados hasta esa fecha en la forma indicada por el artículo 1°. Para este efecto, deberá notificar a sus actuales imponentes del monto que les corresponde por este concepto a la fecha de vigencia de la presente ley.".