Texto oficial
Artículo 5.- El Consejo de la Sección Oficiales y Empleados de la Caja de la Marina Mercante Nacional estará formado por:
a) Un representante de los Oficiales Náuticos;
b) Un representante de los Oficiales Ingenieros y Oficiales de Administración;
c) Un representante de los Oficiales Radiotelegrafistas y de Sanidad;
d) Tres representantes de los empleados afectos al régimen de previsión de la Caja;
e) Un representante de los Empleados de Bahía elegido por éstos;
f) Un representante de los Empleados Navieros elegido por éstos;
g) Dos representantes de los pensionados de la Institución elegidos por sus Federaciones Nacionales y Provinciales o sus respectivas Asociaciones si aquellas no existieren;
h) Un representante del personal de la Institución elegido por éste, e
i) Un representante de los Oficiales de Naves Especiales.