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Artículo 1 de la Ley 17.681 · Otorga nuevos recursos al consejo regional de turismo de llanquihue, chiloe y aysen

Otorga nuevos recursos al consejo regional de turismo de llanquihue, chiloe y aysen

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29208 / 8284411.

Texto oficial

Artículo 1°.- A partir de la vigencia de esta ley, quedará a beneficio del Consejo Regional de Turismo de Llanquihue, Chiloé y Aysen el rendimiento que produzca el "impuesto a los servicios" (ex cifra de negocios) que deba pagar el Casino de Puerto Varas o sus concesionarios, por operaciones inherentes a su giro.