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Artículo 26 de la Ley 17.695

Deroga la ley 11.934, que creo el colegio de asistentes sociales de chile, y establece nuevas normas por las cuales se regira dicha corporacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29221 / 7179395.

Texto oficial

Artículo 26.- El aviso de la convocatoria para Asamblea ordinaria y extraordinaria se hará por medio de una publicación en un diario de la ciudad asiento del Consejo a lo menos 8 días antes, con indicación del día y lugar en que debe verificarse la Asamblea y, además, por carta dirigida a los miembros del Colegio al domicilio que hayan fijado en el Registro.