Texto oficial
Artículo 83.- Deróganse todas las normas de carácter general o especial que estén en contradicción con lo dispuesto en la presente ley.
Autoriza a las municipalidades, instituciones y empresas del estado y personas juridicas que indica para donar toda clase de bienes al fisco
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29225 / 7179521.