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Artículo 2 de la Ley 17.731

Suprime las plantas que indica de la secretaria y administración general, departamento de pensiones y oficina de presupuestos del ministerio de hacienda y las reemplaza por las que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29252 / 5982815.

Texto oficial

Artículo 2.- Para ser designado Ayudante Técnico de 5a Categoría de la Planta Directiva, Profesional y Técnica, deberá cumplirse con los requisitos correspondientes del Estatuto Administrativo. Además, en el decreto de nombramiento deberá declararse que cuenta con la actitud necesaria para desempeñarlo.