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Artículo 2 de la Ley 17.783 · Fija plazo para poner en ejecucion el plan que señala

Fija plazo para poner en ejecucion el plan que señala

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29276 / 9059144.

Texto oficial

Artículo 2°.- En los establecimientos educacionales, servicios públicos y en todas aquellas entidades u organismos que se estime apropiados, serán ubicados en lugares preferentes bustos, imágenes impresas o elementos recordatorios o conmemorativos de próceres y hombres ilustres de nuestra Patria.