Texto oficial
Artículo 1.- Autorízase al Presidente de la República para que, por medio del Ministerio de Tierras y Colonización, transfiera gratuitamente a sus actuales ocupantes el dominio de los sitios que respectivamente ocupan en la población Ismael Martín Mieres, ubicada en la comuna de San Nicolás, del departamento de San Carlos. El Ministerio de Tierras y Colonización inscribirá estos sitios a nombre del Fisco, previamente, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 58 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces.
En el otorgamiento de estos títulos no regirán las disposiciones sobre urbanización y loteamiento de terrenos.