Texto oficial
Artículo 3°.- Declárase monumento nacional el Convento de San Francisco de El Almendral, con su iglesia y destínase el Convento a un Hogar de Reposo para los sacerdotes ancianos.
Declara monumentos nacionales los inmuebles que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29300 / 5983032.