Texto oficial
Artículo 1.°.- Autorízase a la Municipalidad de Lago Ranco para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito que produzcan hasta la suma de E° 300.000,- al interés corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.