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Artículo 5 de la Ley 17.819 · Autoriza a la municipalidad de lago ranco para contratar emprestito que señala

Autoriza a la municipalidad de lago ranco para contratar emprestito que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29305 / 8284512.

Texto oficial

Artículo 5.°- La Municipalidad de Lago Ranco servirá los empréstitos que se autoricen contratar, con cargo al uno por mil del impuesto territorial que destina a este objeto el decreto de Hacienda 2.047, de 29 de Julio de 1965.