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Artículo 13 de la Ley 17.891

Reemplaza articulos que indica a la ley n° 15.720; deroga capitulo i del titulo iii del reglamento del servicio, y fija escala de sueldos para el personal de las juntas de auxilio escolar y becas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29343 / 8831281.

Texto oficial

Artículo 13° La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y la Junta Nacional de Jardines Infantiles destinarán, por partes iguales, los fondos necesarios para la adquisición, instalación y funcionamiento de sala cuna y jardín infantil para los hijos de los funcionarios de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.