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Artículo 6 transitorio de la Ley 17.891

Reemplaza articulos que indica a la ley n° 15.720; deroga capitulo i del titulo iii del reglamento del servicio, y fija escala de sueldos para el personal de las juntas de auxilio escolar y becas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29343 / 8831287.

Texto oficial

Artículo 6° Las imposiciones previsionales de los funcionarios de las Juntas de Auxilio Escolar y Becas y que se encuentran depositadas tanto en la Caja de Previsión de Empleados Particulares como en el Servicio de Seguro Social, correspondientes a los meses de Agosto de 1972 adelante, serán traspasadas a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.