Saltar al contenido

Artículo 11 de la Ley 17.914 · Modifica DFL n° 1, de 1968, en la forma que indica

Modifica DFL n° 1, de 1968, en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29361 / 8831302.

Texto oficial

Artículo 11.- Agrégase al artículo 22 de la ley N.o 11.622 (de arrendamiento), un N.o 7 del siguiente tenor: "7) A las viviendas fiscales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, destinadas a ser ocupadas por su personal en servicio activo. Se presumirá de derecho que las viviendas fiscales pertenecientes a las Fuerzas Armadas son destinadas a ser ocupadas exclusivamente por su personal en servicio activo.".