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Artículo 3 de la Ley 17.933 · Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar uno o mas emprestitos

Autoriza a la municipalidad de pitrufquen para contratar uno o mas emprestitos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29378 / 8284614.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los préstamos que se contraten se invertirá en los siguientes fines: Ampliación y mejoramiento del servicio de alumbrado público de la ciudad de Pitrufquén y Villa Los Galpones, de la misma comuna, E° 530.000,-.