Texto oficial
Artículo 2.- Agrégase en el artículo 108, letra a) del D.F.L. N°. 1, de 1968, de la Subsecretaría de Guerra, después de la expresión "Carabineros de Chile" y de la coma (,) que le sigue, lo que se indica: "FAMAE y ASMAR,".
Aumenta las plantas de oficiales y empleados civiles de la armada
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