Texto oficial
"Artículo 1.- Autorízase a la Municipalidad de Maullín para contratar uno o más empréstitos directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones bancarias o de créditos, que produzcan hasta la suma de cuatrocientos mil escudos (E° 400.000), a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.