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Artículo 3 de la Ley 17.973 · Autoriza a la municipalidad de maullin para contratar emprestitos que señala

Autoriza a la municipalidad de maullin para contratar emprestitos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29408 / 8284647.

Texto oficial

Artículo 3.- El producto del o los empréstitos será invertido por la Municipalidad de Maullín en la ejecución de obras de adelanto local, conforme a las necesidades más urgentes de la comuna, previo acuerdo adoptado por los dos tercios de los regidores en ejercicio en sesión extraordinaria citada especialmente para este efecto.