Texto oficial
Artículo 5.- En caso de no contratarse el o los empréstitos, la Municipalidad de Maullín podrá girar con cargo al rendimiento de los tributos establecidos en el artículo 4 para su inversión directa en las obras aprobadas, en sesión extraordinaria, de acuerdo al artículo 3 de esta ley. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las referidas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el evento de que ésta se contrajere por un monto inferior al autorizado.