Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 17.976

Crea comite ejecutivo de los primeros juegos nacionales que se efectuaran en concepcion y con las facultades que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29411 / 8284663.

Texto oficial

Artículo 1.- Créase un Comité Ejecutivo de los Primeros Juegos Deportivos Nacionales que se efectuarán en 1974, en la provincia de Concepción, y concédesele personalidad jurídica de derecho público, autónoma y con patrimonio propio. Su domicilio será la ciudad de Concepción y el representante legal, su presidente. El Comité Ejecutivo será el encargado de organizar y ejecutar estos Juegos Deportivos e invertir y controlar los recursos que esta ley consulta y estará sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República.