Texto oficial
Artículo 2.- El Comité Ejecutivo estará integrado por los siguientes miembros:
a) El Intendente de la provincia;
b) El Alcalde de la Municipalidad de Concepción;
c) El Presidente del Consejo Provincial de Deportes;
d) Un representante de la Dirección General de Deportes y Recreación;
e) Un representante del Consejo Nacional de Deportes;
f) Un representantes de las Fuerzas Armadas;
g) El presidente del Club de Deportes Concepción;
h) El presidente del Club Deportivo de la Universidad de Concepción;
i) El Vicepresidente del Consejo Provincial de Deportes, y
j) El tesorero del Consejo Local de Deportes de Concepción.
Las funciones del Comité Ejecutivo se extinguirán seis meses después de finalizados estos Juegos Deportivos Nacionales. El Consejo Provincial de Deportes de Concepción será su sucesor legal para todos los efectos a que haya lugar.