Texto oficial
"Artículo 1°- Agrégase a la Escala Directiva, Profesional y Técnica establecida en el artículo 3° del D.F.L. N° 72, de 1960, el siguiente escalafón:
"x) Laboratoristas Dentales, de la 6a. Categoría al Grado 5°".
Modifica la escala directiva, profesional y tecnica, establecida en el articulo 3° del d.f.l. n° 72, de 1960
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29412 / 5983514.