Texto oficial
Artículo 1°.- Declárase que el decreto ley N° 3.643, de 1981, unificó, en la administración de justicia, las jurisdicciones ordinarias y laboral, de modo que los funcionarios y empleados de la jurisdicción laboral integran dicha administración. Sus nombramientos se efectuarán, cuando corresponda, de conformidad a las normas vigentes.