Texto oficial
Artículo 3°.-La presente ley regirá a contar del 1° de Enero de 1981.
Renueva plazo de vigencia del decreto ley n° 2.833, de 1979, y extiende sus alcances a las viviendas y obras de equipamiento comunitario que transfieran los servicios de vivienda y urbanizacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29434 / 5983719.