Texto oficial
Artículo 4°.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo establecido en el artículo precedente, modifique la Ley de Presupuestos vigente, para los efectos de adecuarla a lo previsto en esta ley.
Traspasa division que indica al ministerio del interior y faculta al presidente de la república para fijar plantas de esta secretaria de estado y sus servicios dependientes
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29462 / 8284725.