Texto oficial
Artículo 73.- Las sociedades clasificadoras de riesgo,
al solicitar su inscripción en el Registro, deberán
acompañar copia del Reglamento Interno que establece el
proceso de asignación de categorías de clasificación.
Ley de mercado de valores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29472 / 8508264.