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Artículo 6 transitorio de la Ley sobre Sociedades Anónimas

Ley sobre sociedades anónimas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29473 / 8637236.

Texto oficial

Art. 6° Las sociedades que a la fecha de vigencia de esta ley posean acciones de su propia emisión no sujetas a plazo de enajenación, deberán enajenarlas a más tardar dentro de un año, contado desde dicha fecha.