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Artículo 6 de la Ley 18.073 · Ley de presupuesto para el año 1982.

Ley de presupuesto para el año 1982.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29500 / 8696389.

Texto oficial

Artículo 6°- Los Presupuestos Regionales podrán destinar a gastos de difusión de estudios y políticas sectoriales y regionales hasta el 1% del aporte fiscal asignado a la Región.