Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 18.089

Sustituye escalafones que indica en las plantas del personal del senado, camara de diputados y biblioteca del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 29515 / 7180610.

Texto oficial

Artículo 4°.- El encasillamiento del personal de los servicios a que se refiere esta ley, en las plantas contenidas en los artículos 1°, 2° y 3°, se hará por el Secretario del Senado, en forma discrecional, dentro de cada servicio, sin sujeción a los escalafones vigentes.